A diferencia de las medidas de seguridad que se contemplaban en la antigua LOPD, que ya ha sido derogada, que estaban determinadas al detalle de un modo muy exhaustivo en función del tipo de datos objeto de tratamiento, en el Reglamento general de protección de datos nos encontramos con que serán los responsables y encargados de protección de datos los que establecerán una serie de medidas de seguridad adecuadas al grado de riesgo que se habrá de detectar en el análisis de riesgo obligatorio que se establece en el RGPD. En nuestra solución de ayuda al cumplimiento de la normativa, SEGURPLUS incluimos un módulo específico para controlar este análisis.
En concreto, según dispone el RGPD en su artículo 32, “las medidas de seguridad que se adoptarán se elegirán en función de:
Si ya se vienen aplicando medidas de seguridad de la antigua LOPD, se podrán mantener siempre que sean las más adecuadas para el nivel de seguridad requerido, o cambiarlas si es necesario.
Se podrán complementar las mismas con nuevas medidas o dejar de aplicar algunas, en función del resultado del citado análisis.
Tan solo en casos en los que exista algún tratamiento que suponga un alto riesgo para los derechos y libertades de los afectados se aplicarán medidas como la Evaluación de Impacto.
Teniendo en cuenta que según el citado artículo del RGPD, las medidas se modularán dependiendo:
Algunas de las medidas técnicas y organizativas que se contemplan en el artículo 32, con las que los encargados y responsables de la protección de datos podrán hacer frente al riesgo en su entidad son las siguientes:
Desde Fersoft, y teniendo en cuenta todas las especificaciones más arriba citadas, hemos añadido a nuestro software SEGURPLUS la opción de realizar un análisis de riesgos, indicándole tanto los riesgos y amenazas que podrían afectar a su entidad, como el porcentaje de que esto ocurra, el impacto que esto tendría y las recomendaciones personalizadas al respecto de las medidas de seguridad que podría aplicar.
Le recordamos que desde Fersoft les ofrecemos, a clientes con mantenimiento, un servicio de asesoramiento ilimitado en cuanto al uso del programa, de cara a su configuración y optimización, así como un servicio de asistencia técnica que incluye además del equipo de técnicos las recomendaciones personalizadas ofrecidas por nuestro departamento jurídico.
En un mundo cada vez más digital los datos son el activo más valioso, y protegido. No cumplir con las leyes de protección de datos RGPD y LOPD-GDD pone en riesgo la continuidad de cualquier organización. Las consecuencias legales, financieras y de reputación pueden ser definitivas.
El incumplimiento implica enfrentarse a demandas y reclamaciones, sanciones económicas, consecuencias civiles y penales, prohibiciones de tratamiento y pérdidas de la confianza de usuarios, clientes y socios.
No arriesgue innecesariamente la estabilidad y rentabilidad de su organización. Nuestros servicios van mucho más allá del cumplimiento legal, somos un escudo de defensa ante amenazas, ofrecemos excelencia corporativa, garantizando la privacidad de los datos.
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